RECHAZARON ACUSACIONES QUE RECAÍAN SOBRE EL CONCEJAL HERRERA GÓMEZ

El cuerpo de concejales por mayoría rechazó los cargos imputados al edil Gerardo Herrera Gómez, entre ellos el de forcejeo, violencia, inducir al aborto, entre otros. Los concejales que rechazaron estos cargos fueron: Carlos Machicote, Yolanda Corzo, Walter Montivero, Ximena Marenco, Facundo Puy, Diego Narvaez, Nelson Johannesen y el propio Gerardo Herrera Gómez.
En tanto que quienes votaron a favor del dictamen acusatorio fueron: Nazareno Rippa, Luciana de León, Nicolás Sánchez, Viviana Diaz, Pelagio Díaz, Mónica Villafañe y Enrique Balmaceda.
Los títulos generales de las imputaciones que resultan de los hechos probados son los siguientes:
1) Que el acusado producto de una discusión en la vía pública forcejea a la víctima  de la riñonera y la toma muy fuerte del brazo, provocándole un estado de llantos.
2) Que el motivo de la discusión es la circunstancia de que la víctima se encontraba embarazada, lo que no fue tomado de buena manera por el acusado.
3) Que el acusado expresa a la víctima el deseo de que se realice un legrado, lo que provoca a la víctima un estado de angustia profunda.
4) Que el acusado toma a la víctima en la vía pública de los brazos y la introduce en el vehículo por la fuerza
5) El acusado firma un acuerdo con la victima mientras se encontraba vigente una medida cautelar de restricción.
6) El acusado manifiesta en el acuerdo que solo se trató de un “enojo pasajero” y de “malos entendidos”, sin que constituya delito alguno.
7) El acusado intenta desligarse de lo ocurrido ante sus pares y culpabilizar a la victima de los hechos por encontrarse embarazada.
8) El acusado manifiesta falsamente que existe un “rectificación de denuncia” por parte de la víctima, lo que está prohibido por la ley
9) Que el acusado intenta disuadir al personal policial manifestando que “no había pasado nada”, cuando ellos advirtieron que en realidad la víctima se sentía mal, por ello realizó la denuncia.
10) El acusado interviene en el juicio tramitado ante el juzgado de violencia de género y protección integral de menores N°1 sin negar los hechos denunciados por la víctima, solo afirma que no constituyen delito, y que no existen daños en el cuerpo ni en su salud.

Las palabras del viceintendente
Antes de mandar a votar, el viceintendente Guillermo Galván sentó posición sobre la circunstancia en que se desenvolvió la votación.
“Esta presidencia hace saber, que conforme lo establecen los arts. 10, 11, 12 y 19 de la Ord. Nº 3284 y Art. 115 de la Ley 6843 y su modificatoria Ley N° 7355, no corresponde en esta etapa del proceso que se ponga a consideración los dictámenes de la comisión investigadora, sin que previamente este cuerpo tome juramento y se constituya en Tribunal de Juicio Político”, afirmó Galván.
“Sin perjuicio de la violación del procedimiento de Juicio político que se propone, se advierte que esto también implica una modificación sobre tablas del orden del día, para lo cual es necesario el voto de los 2/3 de los concejales presentes, conforme art. 100 del Reglamento Interno”, fundamentó.
“Quiero dejar constancia que esta presidencia no puede convalidar el tratamiento de un asunto fuera del orden del día y que además resulta ilegítimo, ilegal, antirreglamentario, violatorio de las reglas de la democracia, y que configura una manifiesta violación del procedimiento del Juicio Político”, concluyó el presidente del Concejo Deliberante.